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GUÍAS PARA LA INTERNACIONALIZACIÓN DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR



                • Colaboración basada en el consorcio de investigación, en donde
                 las partes generan convenios de consorcio y aportan conocimien-
                 tos y trabajo para el desarrollo de una investigación que resultará
                 en una innovación generalmente.

                • Investigación bajo contrato, se pone en práctica “cuando la
                 entidad de I+D es contratada por una empresa para aplicar un
                 conocimiento existente a resolver un reto tecnológico” (CDTI,
                 2009), mediante un contrato de servicios.

                • Comercialización de Tecnología consiste en que la IES conceden
                 “derechos de uso de su propiedad industrial, en forma de licen-
                 cias, a un socio empresarial para que desarrolle y comercialice
                 productos que se deriven de esos derechos de propiedad indus-
                 trial”. A cambio la entidad empresarial pagará por el uso de la
                 licencia en forma de royalty de acuerdo con el retorno comercial
                 obtenido  o  a  través de  otras  formas  acordadas. (CDTI,  2009).
                 Esta forma de transferencia se materializa legalmente a través
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               De acuerdo al CDTI, se deben considerar los siguientes elementos
               en  cualquier  negociación:  la  exclusividad/la  confidencialidad  del
               producto y la información; y la titularidad de los derechos sobre el
               producto resultante de la contratación comercial o de la colabora-
               ción, es decir sobre el foreground. Conviene siempre distinguir muy
               bien entre foreground y background, este último involucra los cono-
               cimientos y desarrollos precedentes a la colaboración o comerciali-
               zación.

               En el programa marco H2020 de la Unión Europea, se incorpora
               también el concepto de sideground, referente a cuando uno o más
               socios del consorcio, adquiere nuevos derechos de propiedad
               intelectual en paralelo a la implementación del proyecto que pueda
               ser útil al mismo.

               En efecto, la Comisión Europea ha desarrollado un par de esque-
               mas muy útiles sobre los cuales pueden trabajar y negociar las






































                 • EE.UU. Para el caso de los subsidios y financiaciones ofrecidos
                  por las agencias federales de EEUU que apoyan investigación
                  de sus instituciones (NSF, NIH, USDA, DOD, NASA, DOE, NIST,
                  NOAA, DHS, DoE, EPA, DOT, Smithsonian, FDA etc.), algunas
                  veces en conjunto con instituciones extranjeras, el portal que los
                  concentra y los publica es http://www.grants.gov/ Para poder
                  contratar con cualquier agencia federal de los EEUU, la IES
                  debe adquirir un código DUNS que se compra a una empresa
                  privada subcontratista del gobierno: http://www.dnb.com/get-a-
                  duns-number.html . Con este número, la institución debe hacer
                  un proceso de registro en el System for Award Management
                  (SAM) https://www.sam.gov/portal/SAM
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