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PREGUNTA GENERADORA 3
Reiteramos, sin accesibilidad no hay inclusión. Para este apar-
tado desarrollaremos la pregunta: ¿Por qué la accesibilidad
universal se considera un principio rector para la inclusión
social y la supresión del barrerismo?
Esta pregunta, en principio, tiene una respuesta sencilla: porque
simplifica y facilita la vida de todas las personas en el laboratorio
experiencial bibliotecario. La Convención sobre los Derechos
de las Personas con Discapacidad (CDPCD) de la ONU, 2006
adoptada por el estado colombiano mediante la Ley 1346 de
2009, estable que la accesibilidad es uno de los principios
rectores para garantizar la real inclusión de las personas con
discapacidad.
Gráfica 6. Principios de la Convención sobre los Derechos de las Personas con
Discapacidad, Ley 1346 de 2009
4. El respeto por la diferencia y
Convención sobre los la aceptación de las personas
Derechos de las Personas con discapacidad como parte
con Discapacidad, O.N.U de la diversidad y la condición
humanas.
5. La igualdad de
1. El respeto de la dignidad oportunidades.
inherente, la autonomía individual
y la independencia de las 6. La accesibilidad.
personas, incluyendo la libertad
de tomar sus propias decisiones.
7. La igualdad entre el
hombre y la mujer.
2. La no discriminación.
8. El respeto a la evolución de las
3. La plena y efectiva facultades de los niños y las niñas
participación e inclusión en la con discapacidad y de su
sociedad. derecho a preservar su identidad.
Fuente: Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad,
O.N.U., adaptados por Maxiválidos & CIA, Instagram @Maxivalidos
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