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El concepto de accesibilidad ha evolucionado en el entendi-
miento de la diversidad humana y, dentro de la comprensión
y resignificación de las PcD, ha dejado de ser una condición
exclusiva solo para ellas; hoy en día la accesibilidad tiene un
nuevo apellido: universal. Esto implica que debe garantizarse
para toda persona, todo lugar, todo servicio, sin excepción
alguna. La misma rampa que utiliza una persona usuaria de
silla con ruedas, la usa también una persona gestante, o una
persona mayor asistida con algún dispositivo de apoyo para la
movilidad, o una persona que transporta a un bebé en coche,
e incluso, la persona que usa un dispositivo móvil de tracción
humana como una bicicleta o el carrito con el suministro de
libros nuevos para la biblioteca, en fin.
Gráfica 7. El concepto de la Accesibilidad Universal
¿Qué es la Accesibilidad Universal?
Es el conjunto de características que debe disponer un entorno digital, urbano,
edificación, construcción, producto, servicio o medio de comunicación para ser
utilizado en condiciones de comodidad, seguridad, igualdad y autonomía por todas las
personas, prioritariamente por las personas con necesidades particulares de movilidad,
accesibilidad, relacionamiento, comunicación y de atención como las personas
mayores, las personas con discapacidad, las personas gestantes, las personas lactantes,
las personas infantes, las personas de talla baja o con enanismo, las personas de talla
alta, las personas de talla gruesa, las personas en procesos de rehabilitación, las
personas con enfermedades sistémicas, entre otras.
Operada por Diseño El diseño de entornos [Espacios, comunicaciones,
Universal objetos, servicios] y programas accesibles y usables
por todas las personas, en su mayor medida posible,
sin necesidad de adaptación ni diseño especializado,
Concepto desarrollado a y a muy bajo costo o costo cero. El "diseño universal"
partir de: CUD (Center for
Universal Design) (1997). The no excluirá las ayudas técnicas para grupos
Principles of Universal Design, particulares de personas con discapacidad, cuando
Version 2.0. Raleigh, NC: North se necesiten.
Carolina State University.
Ajustes
Razonables Por "ajustes razonables" se entenderán las
modificaciones y adaptaciones necesarias y
adecuadas que no impongan una carga
desproporcionada o indebida, cuando se requieran
en un caso particular, para garantizar a las personas
Ley 1346 de 2009 de la
República de Colombia, con discapacidad el goce o ejercicio, en igualdad de
Artículo 2º [Convención de condiciones con las demás, de todos los derechos
Derechos de las Personas con humanos y libertades fundamentales.
Discapacidad, ONU, 2006]
Fuente: elaboración propia - Diseñador Industrial Ricardo Becerra Sáenz
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